
Las cámaras en restaurantes o tiendas son legales, pero su uso para supervisar a los empleados está sujeto a normas estrictas. En Europa, estas reglas provienen del GDPR y de la normativa nacional de protección de datos.
Condiciones según la normativa nacional de protección de datos
La videovigilancia en el lugar de trabajo está permitida por interés legítimo del empleador solo si se cumplen todas estas condiciones:
- los intereses del empleador están debidamente justificados y prevalecen sobre los derechos de los empleados;
- los empleados han sido informados previamente, de forma completa y clara;
- el sindicato o, en su caso, los representantes de los empleados han sido consultados antes de instalar el sistema;
- otras medidas menos intrusivas ya se han probado y no han sido eficaces;
- las imágenes se conservan solo el tiempo estrictamente necesario, nunca más de 30 días, salvo excepciones legales o motivos justificados.
Requisitos adicionales del GDPR
La monitorización sistemática de espacios o personas puede requerir una evaluación de impacto sobre la protección de datos (DPIA), según el artículo 35 del GDPR. Además, debes colocar un aviso visible en la entrada, contar con un reglamento interno y designar a una persona responsable de los datos.
Lo que no está permitido
- cámaras en vestuarios, baños o zonas de descanso;
- usar las imágenes para fines distintos a los declarados;
- el almacenamiento ilimitado de grabaciones.
Este artículo es solo informativo y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso concreto, consulta con un abogado o con el responsable de protección de datos.
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